miércoles, 27 de noviembre de 2013

La pena de muerte

Todo haría pensar que al tratarse de la vida de un ser humano, por mucho que la ley permita que le sea arrebatada, habría ciertos protocolos inviolables en el proceso de ejecución de un preso que garantizarían, al menos, el derecho recogido en la octava enmienda de la Constitución americana que prohíbe castigos crueles. Y sin embargo, no es así. Al menos un Estado de la Unión –otros de los 32 que tienen la pena de muerte en sus ordenamientos jurídicos ya amenazan con seguir la senda- ha decidido improvisar y ante la escasez de uno de los tres fármacos que se emplean en el cóctel mortal de medicamentos que se aplica en la inyección letal lo ha reemplazado por otro que no ha sido probado para esos fines y que ni siquiera tiene la categoría de anestesia.
Florida ejecutó a mediados del mes pasado a un preso y prevé otra ejecución el próximo día 12 utilizando el medicamento conocido como midazolam, un sedante que se vende bajo la marca comercial de Versed y que supuestamente es la benzodiacepina de efecto más rápido del mercado. Hasta ahora, este fármaco se utilizaba solo para tranquilizar a un paciente durante una intervención sin importancia, ya que este permanece despierto. “Es experimentar con humanos vivos”, sostiene respecto al nuevo fármaco Richard Dieter, director del Centro de Información sobre la Pena de Muerte con sede en Washington.
El problema no es nuevo y se arrastra ya desde hace varios años, cuando en el otoño de 2010 los centros penitenciarios se quedaron sin pentotal sódico, el anestésico que se usaba en las penas capitales para dormir al reo antes de inyectarle en vena las otras dos sustancias que acaban con su vida. Entonces, Hospira, el único laboratorio farmacéutico que fabricaba el pentotal sódico en EEUU, anunció que tenía problemas para cumplir con la demanda. Oficialmente alegó problemas logísticos y de dificultad para lograr ciertos ingredientes, pero detrás estaba el deseo de la compañía de no querer verse asociada por más tiempo con la pena de muerte. Casi a renglón seguido, en Italia –país donde se fabricaba uno de los ingredientes usados por Hospira- se vivió una gran presión mediática para que no se vendiera a EEUU más anestesia destinada a los corredores de la muerte.
La secuencia anterior llevó a la improvisación. El pentotal sódico se reemplazó con pentobarbital, básicamente un sedante usado para sacrificar animales. A día de hoy, la mayoría de las cárceles en las que se ejecuta la pena capital reconoce no tener o estar al límite de sus existencias de pentobarbital, lo que, de nuevo, ha llevado a resolver con urgencia, recurriendo al midazolam.
La adopción por parte de Estados Unidos de la inyección letal fue el resultado de más de un siglo en la búsqueda de una forma ‘humana’ de acabar con la vida de los condenados a muerte, que comenzó con la horca y el pelotón de fusilamiento. A estos métodos le siguieron la electrocución (la primera silla eléctrica llegó en 1890) y la cámara de gas (1921). En un macabro acto de evolución y después de que un forense de Oklahoma considerase que se estaba “matando animales con más humani
dad con la que se estaba matando a personas”, nació en 1977 la inyección letal, el cóctel de tres medicamentos que pone fin a la vida de un preso condenado a la pena capital.

El Aborto

 Este es un video de una carta que le escribe un  hijo a su madre .

http://youtu.be/NXsXVcRvzCU


La nueva Ley de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), basada en un sistema de plazos que permitirá el aborto en las primeras catorce semanas de gestación y hasta la semana 22 en caso de problemas graves para la madre o el feto, entrará en vigor este lunes 5 de julio, cuando se cumplen 25 años de la primera ley del aborto en España, y cuando aún está pendiente de resolución la cuestión previa de inconstitucionalidad planteada por el PP al Tribunal Constitucional.
Después de que el pasado miércoles el Alto Tribunal admitiese a trámite los recursos contra la ley presentados por el PP y el Gobierno de Navarra, abrió un plazo de tres días hábiles a partir de la notificación para que tanto las Cámaras como el Ejecutivo presentasen alegaciones a la posibilidad de suspender la entrada en vigor de la norma en tanto se resuelve acerca de su constitucionalidad. Sólo el Gobierno alegará y lo hará con la Abogacía del Estado.
Entre las novedades de la nueva ley, algunas ya reguladas por dos reales decretos aprobados en el Consejo de Ministros del pasado 25 de junio, figura la capacidad de abortar sin consentimiento paterno de las menores entre 16 y 18 años de edad, la composición de un comité clínico que analizará los casos de aborto más allá de las catorce primeras semanas y la preferencia del sistema sanitario público sobre las clínicas acreditadas para la práctica de la IVE.
Sobre el primer asunto, las menores de 16 y 17 años tendrán que informar a sus padres si quieren abortar, "acreditar" con un "documento" ante el médico que han cumplido con este requisito y acudir acompañadas de un tutor a la intervención. En caso de que se alegue conflicto familiar, el médico deberá poner por escrito que su miedo está fundado, para lo que podrá pedir informes psicológicos si lo considera oportuno.
En cuanto al Comité Clínico, que tiene la última palabra cuando se plantee un problema en el feto después de la semana 14, estará compuesto por dos especialistas, uno de los cuales podrá ser elegido por la mujer. Tendrá "un plazo máximo de diez días" para emitir su dictamen y doce horas para comunicarlo a las partes implicadas.
Según el desarrollo normativo parcial aprobado, los abortos se practicarán en la red sanitaria pública aunque " excepcionalmente ", estos centros podrán derivar a las mujeres a clínicas acreditadas "con el compromiso escrito de asumir directamente el abono de la prestación".